Según la ley, dependencia se define como “el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que por razones de edad, enfermedad o discapacidad, y ligadas a la falta o perdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas u ayudas importantes para realizar las actividades de la vida diaria “.
En España nos encontramos con un importante crecimiento de la población de más de 65 años, con un aumento muy significativo de la población con edad superior a 80 años; a esta realidad debe añadirse la dependencia por razones de enfermedad y otras causas de discapacidad o limitación.
La Ley de Dependencia configura el derecho a la atención de las personas en situación de dependencia como un nuevo derecho de ciudadanía, un derecho de acceso en igualdad a elementos esenciales para la vida autónoma.
Las prestaciones de dependencia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), tienen como finalidad promover la autonomía personal y mejorar la calidad de vida de las personas, en atención a sus dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, en un marco de efectiva igualdad de oportunidades.
Grados de dependencia
Los grados de dependencia se clasifican:
- Grado I. Dependencia moderada
- Grado II. Dependencia severa
- Grado III. Gran dependencia
Cada uno de los grados de dependencia establecidos en el apartado anterior se clasifica en dos niveles, en función de la autonomía de la persona y de la intensidad del cuidado que requiere.
Catalogo de servicios de la Ley de Dependencia:
El Catálogo de Servicios comprende los siguientes servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia:
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Ayuda a domicilio.
- Atención de las necesidades del hogar.
- Cuidados personales.
- Servicio de Centro de Día
- Centro de Día para mayores.
- Centro de Día para menores de 65 años.
- Centro de Día de atención especializada.
- Centro de Noche.
- Servicio de Atención Residencial:
- Residencia de personas mayores en situación de dependencia.
- Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.
- Prestaciones Económicas
- Prestación económica vinculada al servicio
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar
- Prestación económica de asistencia personal
La red de centros estará formada por los centros públicos de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales, así como los privados concertados debidamente acreditados, de acuerdo con las condiciones que se establezcan por cada una de las Comunidades Autónomas y teniendo en cuenta de manera especial los correspondientes al tercer sector.
Centros para solicitar información sobre la ley de dependencia en Aragón
En Aragón los centros donde se puede acudir para solicitar información son:
Zaragoza
Departamento de Servicios Sociales y Familia
Servicio de Atención a la Dependencia.
Camino de las Torres, 73
50008
Tel.: 976 713 136
Fax: 976 715 198
Huesca
Dirección General de Atención a la Dependencia
c/ José Antonio Llanas Almudevar 2<4, bajos
22004 Huesca
Tel.: 974 238 546
Fax: 974 238 549
Teruel
Dirección General de Atención a la Dependencia
San Francisco, 1, 1º
44001 Teruel
Tel.: 978 641 617
Fax: 978 641 030